¿Cuántos votos harán falta para aprobar las leyes cuando empiece la Legislatura?

Mañana 19 de julio, una vez se constituyan el Congreso de los Diputados y el Senado, se producirá el comienzo de la XII Legislatura. Las Cámaras comenzarán de nuevo su andadura con la elección de los miembros de las Mesas, incluidos sus Presidentes. A partir de ahí, se sucederán diversos pasos: constitución de los Grupos parlamentarios y de las distintas comisiones y, cómo no, la investidura del Presidente del Gobierno. Como ya explicamos anteriormente, hace falta mayoría absoluta en una primera votación (176 síes) o mayoría simple en una segunda votación del candidato (más síes que noes).

Acuerdo de investidura, acuerdo de gobierno, gran coalición, acuerdo de mínimos, pactos nacionales, geometría variable… Todos son conceptos muy utilizados en estos últimos días y que nos van a acompañar las próximas semanas. Uno u otro término van a definir la estabilidad o inestabilidad gubernamental, y también la mayor o menor facilidad para aprobar leyes. ¿Pero cuántos votos hacen falta para aprobar una norma con rango de ley? Lo cierto es que depende del tipo de norma con el que nos encontremos y del procedimiento de que se trate.

Pongamos por caso que estamos ante una ley de rango orgánico, es decir, aquella relativa al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, la modificación de un Estatuto de Autonomía o del régimen electoral general, además de otras muchas que aparecen a lo largo del texto constitucional. En estos supuestos hará falta la mayoría absoluta (176 síes) en el Congreso de los Diputados. Distinto será en el caso de una ley ordinaria, incluyendo los presupuestos, donde bastará con la mayoría simple, es decir, que haya más votos a favor que en contra. Idéntica afirmación podemos realizar en el caso de los decretos leyes, para cuya convalidación bastará con que haya un número de votos favorables superior a los que resulten contrarios. La abstención va a tener un papel clave.

No obstante, había que tener en cuenta también los aspectos procedimentales. Por defecto, la tramitación de las leyes en el Congreso de los Diputados concluye en la fase de comisión, por lo que será necesario atender a la distribución de sus miembros en el nuevo escenario para ver cuál es el peso de cada Grupo parlamentario en estos órganos de trabajo. La proporcionalidad con respecto al reparto de escaños en el hemiciclo se respeta, pero no es exacta, por lo que unos repartos ajustados nos podrían llevar a equilibrios complejos.

A ello se añade el papel que pueden jugar los vetos interpuestos por el Senado en función de cuáles sean las mayorías en las Cámaras. Un veto exige de mayoría absoluta en el Senado (134 votos) y exige igualmente de mayoría absoluta en el Congreso para levantarlo o, si no se alcanza, de mayoría simple transcurridos dos meses.

Tabla aprobación de leyes

En definitiva – y esto es algo muy a tener en cuenta por los departamentos de asuntos corporativos de las organizaciones – la fragmentación parlamentaria va a dar lugar a negociaciones, a no dar nada por sentado, a que la introducción de una enmienda no se dé nunca por perdida, a unos resultados más impredecibles y, como venimos subrayando en los últimos meses, a un papel reforzado del Parlamento en una función, la legislativa, en la que más allá de la exigencia formal de aprobación, no había tenido en las últimas Legislaturas un papel significativo.

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