Además de con la ley de vivienda, desde que inició su mandato en 2016, Rebelo de Sousa ha vetado un total de 27 diplomas más, convirtiéndose en el presidente que más vetos ha ejercido, solo por detrás de Jorge Sampaio, quien lo aplicó en 75 ocasiones en sus 10 años de mandato.
Departamento de Comunicación de VINCES
“No es suficientemente creíble en cuanto a su aplicación”. Con estas palabras el presidente de la república portuguesa, Rebelo de Sousa, justificaba el veto a la nueva ley de vivienda portuguesa, denominada “Mais Habitaçao”. Una posición que se vislumbraba en los últimos meses, concretamente el 9 de marzo, cuando ya el Presidente de la Republica portuguesa se pronunció sobre la norma impulsada por el equipo de Marina Gonçalves, ministra socialista de Vivienda, como “un discurso demasiado optimista, con grandes expectativas en cuanto a plazos, medios y maquinaria administrativa disponible y, por tanto, irrealista en cuanto a los resultados esperados”.
Juan José Litrán. Portugal Director«En Portugal, el presidente no es responsable de legislar, pero sí de promulgar y, por tanto, de hacer publicar las leyes de la Assembleia da República y los Decretos-Leyes o Decretos Reglamentarios del Gobierno. Sin embrago, no está obligado a hacerlo, por lo que puede, en ciertos términos, tener una influencia indirecta real sobre el contenido de la legislación y habitualmente y lo cree conveniente ejerce esta influencia, de este modo puede vetar políticamente diplomas, es decir, devolver los diplomas sin promulgarlos al órgano que los aprobó, expresando a través de mensaje fundamentado su oposición política al contenido sobre la conveniencia o no de la ley en cuestión. Esto puede obligar a que el órgano que genero la citada regulación tenga que revisarlo, en los puntos que el jefe del estado haya señalados, pero solo en esos.»
Aunque sin certezas claras, este nuevo veto a una ley promovida por el Gobierno de António Costa se veía posible por parte de Rebelo de Sousa, quien la semana pasada no envió esta ley al Tribunal Constitucional, como hizo con la también vetada en un inicio ley de Eutanasia, porque, según de Sousa, “no tiene dudas sobre la constitucionalidad de la norma” y especificó que esta devolución a la Assembleia da República se sustenta sobre siete puntos principales.
- El Estado no debe asumir la responsabilidad directa de la construcción de viviendas, salvo que esto se produzca de forma limitada y con fondos de la Unión Europea.
- La lenta burocracia que implicaría el apoyo a cooperativas o el uso de edificios públicos y privados (comprados o contratados) para la puesta en marcha de alquileres asequibles, así como el uso de entidades que ya están desbordadas por otras cuestiones, como el Banco de Fomento o el Instituto de Vivienda y Rehabilitación Urbana.
- Que la medida de arrendamiento forzoso es limitada y tiene un escaso beneficio social tangible.
- La igual complejidad del régimen local de alojamiento hace dudar de que pueda lograr de manera rápida los resultados deseados.
- Duda de que esta ley de vivienda ayude a recuperar la confianza perdida a los inversores privados.
- No ve medidas con efecto inmediato que respondan al problema generado por la subida de los alquileres y de los intereses.
- No ve un consenso en el arco parlamentario sobre esta medida, que solo ha contado con el sí de la bancada socialista.
Una ley de vivienda no exenta de polémica para provocar un efecto rápido que frenase la imparable subida del coste de la vivienda
La ley de vivienda, que comenzó su andadura tras la aprobación de por parte del Consejo de Ministros en el mes de febrero del conjunto de medidas “Mais Habitaçao”, recibía la aprobación por parte del Parlamento portugués en julio de este año. La norma tenía como objetivo provocar un efecto rápido en el mercado de la vivienda, para responder a la “emergencia” que está generando la subida de su coste y a la dificultad de muchos portugueses de acceder a una vivienda en la ciudad donde habitualmente residen, a la espera de que los tipos de interés hipotecarios, que afectan a más de un millón de contratos, detengan su vertiginosa subida antes del final de la legislatura en 2026.
Entre las medidas más polémicas de la regulación se encontraba la de reestructurar la regulación que permite el acceso a las Golden Visa a través de las inversiones inmobiliaria. Desde su creación en 2012, esta ha sido una de las formas más fáciles para numerosos inversores de trasladarse a Portugal a través de la compra de activos inmobiliarios, llegando a representar un 90% de os visados conseguidos. Un aspecto que afectaba a numerosos inversores en el corto plazo y que, en este momento mantiene la posibilidad de su solicitud abierta, al menos por el momento.
El veto del jefe del Estado, criticado por parte del Partido de Costa, sí ha recibido el aplauso por parte del resto de grupos políticos que conforman el parlamento portugués. Una nueva votación por parte de la mayoría de Assembleia de la República podrá levantar este veto, mayoría absoluta con la que actualmente cuenta el PS, lo que hace más que posible que no se vuelva a debatir en el pleno el 6 de septiembre, aunque es el presidente de la Assamblea quien fijara la fecha para este trámite, bien por iniciativa propia o cuando una décima parte de los diputaos de la camara se lo solicite.
Este nuevo veto por parte del presidente pone de manifiesto una vez más las desavenencias entre el presidente de la República y el jefe del ejecutivo, António Costa, que han empezado a aflorar en la segunda parte del mandato de Marcelo Rebelo de Sousa y a raíz de la mayoría absoluta del PS, después de las elecciones anticipadas de 2022. Una mayor distancia entre ambas instituciones que el pasado mayo se podía observar públicamente a raíz de los acontecimientos acaecidos en el Ministerio de Infraestructuras.
28 vetos durante su mandato
Rebelo de Sousa ha ejercido su derecho a veto en 28 ocasiones desde que fue nombrado presidente de la República en 2016. El presidente que más lo ha ejercido por detrás de Jorge Sampaio, quien lo hizo en 75 ocasiones. Cinco de los vetos de Rebelo de Sousa fueron aplicados a decretos gubernamentales y los 23 restantes sobre leyes impulsadas desde la Assembleia.
Una de las últimas leyes vetadas por el presidente ha sido la ley de la eutanasia, que finalmente se vio obligado a promulgar, según sus palabras, “por obligación”. La ley, que contaba con un apoyo de más del 60% de la población portuguesa, estuvo retenida a lo largo de 6 años en diversos trámites.
La potestad de veto de la jefatura del Estado portugués no es una rareza en los países de la Unión Europea. Existe en otros países, como Italia.
Además de representar el Estado, garantizar la independencia nacional y la unidad de la nación, una de las competencias más importantes del presidente de la República es la supervisión política de la actividad legislativa de los demás órganos soberanos. Dentro de estas atribuciones, más ligadas a un poder de arbitraje y moderación de las instituciones, ya que el presidente no ostenta la capacidad de legislar, está el poder de veto, que le permite devolver aquellos diplomas que considere sin promulgarlos al órgano que los aprobó; por supuesto, habiendo fundamentado tal decisión.